Reglamento interno Ley 4171/85
De los tramites(Construccion)
Art. 24°: Visado de DocumentaciónTécnica
Art. 25°: Presentacion caso de Relevamiento
Art. 29°: El Colegio de Arquitectos de Jujuy no dara curso a ningun tramite iniciado por Colegiados, si estos no tuvieren la Matrícula al día y su situacion no fuese regular de acuerdo a las Leyes y al presente Reglamento.
